Aviso de cobro judicial que no es causal de despido

Fecha: 
Viernes, Noviembre 18, 2016
Resumen: 

Si en el trabajo llega un aviso de cobro judicial para un empleado, esto no es motivo de despido. El artículo 81 del Código de Trabajo establece cuáles son las faltas graves, que permiten el despido del trabajador sin el pago de prestaciones. Es cuando se le ha causado un perjuicio, una falta de lealtad o incumplimiento de las obligaciones de respeto y de la responsabilidad ante las acciones laborales encomendadas.

Por otra parte, es cierto que las notificaciones en materia judicial de cobro, deben hacerse a las partes, para que puedan defenderse. Esa notificación debe ser realizada personalmente o en la casa de habitación del demandado.

Periodista: 
Lic. Gerardo Morales
Periodico: 
DIARIO EXTRA
Sección: 
Opinión
Temática: 
Trabajo
Categoría: 
Situación de riesgo
Importancia de Tema: 
Baja sin Imagen
Modalidad: 
Columna de Opinión
Grupo Etario: 
No aplica
Ubicación Geográfica: 
Todo el país
Actores: 
AMBOS
Instancias Organizacionales: 
Empresa privada