Hoy es feriado de pago no obligatorio

Fecha: 
Martes, Agosto 2, 2016
Resumen: 

De acuerdo al artículo 148 del código de trabajo, el día 2 de agosto es feriado de pago no obligatorio, esta norma aplica unicamente a empresas con pago semanal y que syu actividad no sea comercial.

Por su parte, en lo que respecta a los centros de trabajo que pagan mensual o quincenalmente y los dedicados al comercio que pagan semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados.

Periodista: 
Krissia Morris Gray
Periodico: 
DIARIO EXTRA
Sección: 
Nacionales
Temática: 
Trabajo
Categoría: 
Acciones políticas
Importancia de Tema: 
Media con imagen
Modalidad: 
Nota Informativa
Grupo Etario: 
No aplica
Ubicación Geográfica: 
Todo el país
Actores: 
AMBOS
Instancias Organizacionales: 
Instituciones autónomas
Instancia específica: 
MTSS