La ley a su alcance

Fecha: 
Martes, Febrero 10, 2015
Resumen: 

CONSULTA: Me interesa conocer su comentario sobre el artículo “Efecto Parcial”, publicado en La Nación. Según esta publicación, es obligatorio cancelar el impuesto a las sociedades anónimas del año 2015, aunque la ley haya sido declarada parcialmente inconstitucional, ya que la sentencia no tiene efecto retroactivo. Cuando se promulgó la Ley 9.024 se cometieron varias injusticias: Al gravar con la misma suma tanto a sociedades anónimas como a sociedades de responsabilidad limitada, que por sus características son empresas modestas. Al imponer la misma suma a todas las sociedades por igual, sea una pulpería o una empresa 400 empleados que genera utilidades millonarias. Según esta publicación, el alegrón fue momentáneo pues siempre habrá que pagar, ya que el Registro Nacional paralizará cualquier trámite que deban realizar los empresarios que no lo hayan cancelado. Le solicito su opinión.

RESPUESTA: Varias razones primaron para que la Sala Constitucional declarara la inconstitucionalidad del impuesto a sociedades, sin distinción alguna sobre su capital, que podría ser de papel. Sin consideración sobre el volumen efectivo de su actividad económica, y sin tomar en cuenta que el control de medio millón de sociedades inscritas en el Registro Nacional, están inactivas por razones diferentes a los argumentos tributarios. Están inactivas, porque sus plazos han vencido, o están por vencer, sin ninguna actividad, porque sus juntas directivas ya caducaron, porque los representantes legales y accionistas han fallecido, y por múltiples razones más. Tuve la oportunidad de meditar sobre un comentario en televisión nacional de un estimable colega del Bufete Facio y Cañas, y mi opinión concuerda con la suya. Vale recordar que existe un adagio, de que en una reunión de dos abogados, probablemente surjan tres opiniones distintas.

Periodista: 
Grupo Extra
Periodico: 
DIARIO EXTRA
Sección: 
Opinión
Temática: 
Corrupción
Categoría: 
Acciones políticas
Importancia de Tema: 
Baja sin Imagen
Modalidad: 
Columna de Opinión
Grupo Etario: 
Adultez
Ubicación Geográfica: 
Todo el país
Actores: 
HOMBRE
Instancias Organizacionales: 
Poder Judicial
Instancia específica: 
Sala Constitucional